
El Ayuntamiento de Sevilla presentó el pasado viernes la nueva ordenanza de veladores a falta de su aprobación definitiva que tendrá lugar entre septiembre y octubre. La norma en cuestión recoge una ampliación del horario de cierre de veladores hasta las 2:00 horas de la madrugada, también los viernes, así como la limitación del consumo de bebidas de pie exclusivamente para aquellos locales catalogados ‘como emblemáticos’.
Dicho de otro modo, el artículo 14 contempla ocupar consumir de pie en bares icónicos, que hasta el momento de su aprobación estará prohibido y bajo multa. Una permisión que aplicará en viernes, vísperas de festivos y festivos, Navidad, Semana Santa y Feria de Abril.
Asimismo, permitirá la posibilidad de unir mesas y establecerá una senda peatonal mínima de 1,80 metros para garantizar la accesibilidad a la terraza.
¿Puedo incluir mi bar en el listado?
Si bien no serán autorizables las terrazas de veladores adosados a fachadas de edificios BIC o con categoría A o B de protección, los interesados e interesadas podrán solicitar una autorización específica.
El Ayuntamiento está trabajando en una herramienta de renovación telemática, que estará disponible en las próximas semanas y que permitirá a los ciudadanos consultar de cuántos veladores cada local hostelero en la ciudad.
Los bares que podrán cerrar sus terrazas a las 2:00 horas
- El Rinconcillo (1670).
- Casa Morales (1850).
- Confitería La Campana (1885).
- Taberna Entrecárceles (1894).
- Casa Ricardo, Antigua Casa Ovidio (1898).
- Bar Europa (1922).
- Casa Palacios (1926).
- Bodega la Mina (1929).
- Casa Manolo (1935).
- Casa Vizcaíno (1935).
- Bodega Góngora (1939).
- Bar Arenal Ventura (1944).
- La Hostería del Laurel (1963).
- El Patio San Eloy (1972).
- Restaurante El Giraldillo (1978).
- Restaurante El Cairo (1977).
- Kiosco del Agua (1982).