Es condición indisociable a cierta edad reunirse en los bares de toda la vida, vetustos destinos añejos, adosar las posaderas en la mesa de siempre y entregarse a incansables partidas de cartas u otros juegos castizos. Esos bares de viejo, que siguen convocando a sus ávidos jugadores encuentran obstáculos en la hispalense, donde está prohibido jugar al dominó o a los dados en sus terrazas. Aunque son varias las acciones que en Sevilla, e incluso a escala nacional, conllevan multas sorprendentes.
La Ordenanza de Sevilla que incluye multas por usar dados o jugar al dominó
Así, aquella estampa inmortal de un puñado de abuelos en medio de una apasionada jugada de dados, sobre el papel, no está permitido en la capital hispalense desde 2013.
A este respecto, el Ayuntamiento de Sevilla aprobó el 25 de julio del año en cuestión la Ordenanza Contra la Contaminación Acústica, Ruidos y Vibraciones.
Escuchar el repiqueteo de las fichas o los dados tras el desayuno, si bien permitían saborear recuerdos de otros tiempos, no son en la capital de Andalucía una realidad, al menos desde el punto de vista legal, desde hace ya diez años.
La ley, que impedía a los parroquianos deleitarse con los juegos tradicionales al aire libre, suscitó no pocas polémicas.
El ruido es una de las razones esgrimidas por el gobierno del momento, reflejado en el documento. Este recoge que queda prohibido «cualquier tipo de juego o actividad susceptible de generar ruido de impacto, por ejemplo dados, dominó y similares».
Los juegos no son los únicos damnificados sobre el papel. En teoría, tampoco se debe comer o beber de pie en los veladores. O arrastrar barriles de cerveza por los establecimientos o chocar las bombonas de gas butano para avisar de la llegada del camión.
No sorprende que despertarse toda clase de controversias hace ya una década. Junto a las mencionadas, la Ordenanza incluye otras prohibiciones de difícil aplicación en una ciudad como Sevilla, como cantar, gritar o tocar un instrumento en la calle si esto causa molestias; ni llevar la música del coche excesivamente alta.
Ante tal aciago reglamento, Sevilla y su idiosincrasia se imponen sin negociar. Y es posible, pese a contar con una norma un tanto cuestionable (y que posiblemente desconozcan muchos hosteleros sevillanos), seguir cruzándose con partidas de dominó al fresco.
En todo caso, la ordenanza contempla sanciones desde 300 hasta 300.000 euros por generar ruido en las calles de la ciudad.
Prohibido dejar a los perros atados en la calle
Por otro lado, la Ley de Bienestar Animal, aprobada en marzo de 2023 con entrada en vigor en septiembre del mismo año, puso en marcha medidas taxativas contra el abandono animal.
Entre las que suscitaron mayor polémica figura la relativa al artículo 27. Este recoge que está penalizado dejar el perro atado en la calle sin supervisión.
En concreto, la ley prohíbe «mantenerlos atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento».
Además, informa que incumplir esto se considera infracción leve que puede multarse con montos de quinientos a diez mil euros».
Conducir en chanclas o sin camiseta: hasta 200 €
En pleno verano, andar ataviado con lo preciso para desplazarse en una distancia corta en un destino de costa puede sonar una práctica común y tentadora.
Sin embargo, conducir sin camiseta, en traje de baño o con chanclas puede acarrear multas entre los 8o y los 200 euros.
Y es que, si bien el código de circulación no prohíbe expresamente sendas prácticas, desde la DGT sostienen que se trata de una práctica peligrosa. A este respecta, apelan que entra en conflicto con los preceptos de seguridad vial comprendidos en los artículos 3.1, 17.1 y 18.1.
Los artículos en cuestión conectan con la libertad de movimientos, la atención permanente y el campo de visión despejado.
Comerse las uñas o discutir en el coche, hasta 500 €
Otras multas que comprende la DGT y que aplican más allá de Sevilla tienen que ver con las distracciones al volante.
Maquillarse, beber agua, comer un snack o comerse las uñas, en caso de comprometer la atención a la carretera, puede conllevar una sanción de 100 euros.
Asimismo, generar un peligro evidente en estos casos, incluido durante una discusión, y a juicio del agente de tráfico, puede costar hasta 500 euros y seis puntos del carné.