El Ayuntamiento vuelve a flexibilizar la ordenanza reguladora de terrazas durante la alerta sanitaria para favorecer la actividad hostelera.
La ordenanza se ha modificado con una disposición adicional que permite a los bares colocar sus veladores en aparcamientos y plazas separadas del establecimiento por una calzada. Eso sí, siempre que los dueños no tengan posibilidad de instalar las mesas y sillas que les corresponden por falta de espacio en el acerado frente a su fachada.
De esta manera se abren dos nuevas alternativas para aquellos establecimientos que no puedan instalar veladores frente a su fachada. Por un lado, usar una plaza de aparcamiento o un espacio no vinculado al frente de su negocio que implique un cruce de calzada. Para ello, deberán solicitar una licencia de veladores que los servicios técnicos municipales sopesarán.
Estos supuestos se habilitan para unos establecimientos concretos: bares que no pueden instalar veladores en el acerado; que no pueden instalar todas sus mesas debido a la distancia de seguridad; o que no puedan instalar los veladores que les correspondan por la ordenanza de ruidos. Por ejemplo, el icónico restaurante Eslava, en la Plaza de San Lorenzo ya no puede instalar el mismo número de mesas altas en la acera junto al local a fin de cumplir con las medidas de seguridad. Aquellos locales que cumplan estas características podrán solicitar desde hoy esta licencia.
Los establecimientos localizados en zonas verdes o espacios libres y las terrazas ubicadas en espacios de titularidad y uso privado no se regirán por este documento.
Aquellos bares que no puedan instalar sus veladores en el acerado frente a su fachada, deberán cumplir una serie de condiciones para colocar mesas y sillas en plazas de aparcamiento. Son las siguientes:
- En primer lugar, la terraza debe contar con un estacionamiento autorizado frente al establecimiento.
- El segundo requisito fijado por la Gerencia es que debe garantizarse la accesibilidad desde el acerado a través de una tarima. No será necesario que se retire la plataforma al terminar el servicio. El resto de elementos como mesas o sillas, sí. El material deberá ser antideslizante y quedan prohibidos los tonos intensos y brillantes.
- La terraza de veladores debe ser limitada con elementos separadores estables con una altura mínima de 90cm. El color debe contrastar con el entorno a fin de facilitar su identificación. No podrán mostrar contenido publicitario salvo el logo o nombre del local.
- La terraza deberá respetar una distancia mínima de metro y medio a ambos lados de los quioscos, marquesinas de autobuses y contenedores de basura. La superficie máxima de la terraza será de 100 metros cuadrados con un máximo de 25 veladores.
- Tampoco podrán añadir elementos de sombra ni instalarse en zona azul, carga y descarga, o espacios que afecten a la movilidad peatonal, al carril bici u otros elementos de mobiliario urbano.
Los técnicos de la Gerencia de Urbanismo avisan de que la instalación y funcionamiento de las terrazas en estas condiciones estarán sujetas a las modificaciones que pueda decidir el equipo de Juan Espadas en cualquier momento.
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