A la luz de la Ley de Bienestar Animal que España aprobara en 2023 han proliferado reformas y nuevas normativas en distintas Comunidades Autónomas. Andalucía no es una excepción y la Junta ha incorporado el bienestar de las mascotas a su Ley de Presupuestos para 2026 (Ley 8/2025), publicados en el BOJA.
Se trata de una de las primeras políticas fiscales autonómicas en España pensadas en concreto a los peludos y otros animales de compañía. En concreto, se traduce en una deducción en el IRPF por gastos veterinarios, en vigor desde el pasado 1 de enero.
Cómo beneficiarse de esta deducción de hasta 100 €
Y dicho de otro modo: ahora es posible deducirse el 30% de lo gastado en el veterinario hasta un máximo de 100 € por contribuyente en la declaración de la renta.
La norma establece que debe tratarse de «gastos veterinarios derivados de la adquisición o tenencia» del animal en cuestión. A saber: vacunas, desparasitaciones, esterilización, tratamientos veterinarios obligatorios y atención sanitaria básica.
En todo caso, sendos gastos deben estar justificados con factura de un veterinario autorizado.
¿Cuánto tiempo dura esta ventaja fiscal?
La duración de este beneficio fiscal varía según cómo haya llegado el animal a tu familia, premiando especialmente la adopción en refugios.
- Animales comprados o adoptados (general): puedes aplicar la deducción solo durante el primer año.
- Animales adoptados en refugios: el beneficio se extiende durante 3 años.
- En caso de perros de asistencia la deducción se puede aplicar durante toda la vida del animal.
Con esta medida la Junta de Andalucía persigue fomentar el cuidado veterinario, la adopción responsable y mejorar el bienestar animal.